Hábitat y ancianidad: hacia un programa de viviendas colaborativas

La población en el mundo está envejeciendo. Este fenómeno está a punto de convertirse en una de las transformaciones sociales más significativas del siglo XXI, con consecuencias en todos los sectores de la sociedad. Ante esto, la Argentina requiere políticas públicas innovadoras destinadas a promover el desarrollo de las personas mayores, partiendo desde una mirada colaborativa para la “Cuarta Edad”, que promueva el derecho a envejecer en comunidad de manera saludable, acompañada y segura.

Con motivo de un nuevo aniversario de la promulgación de los Derechos de la Ancianidad damos revisión a algunos lineamientos estratégicos para repensar políticas públicas de hábitat destinadas a las personas mayores en nuestro país.

 

Diagnóstico

A nivel global, la población mayor de 65 años crece a un ritmo más rápido que el resto de los segmentos poblacionales. Según el informe Perspectivas de la Población Mundial 2019 de las Naciones Unidas, en 2050 una de cada seis personas en el mundo tendrá más de 65 años. La proporción actual es de una cada once. Por primera vez en la historia, las personas de 65 años o más superan en número a los niños y las niñas menores de cinco años en todo el mundo. Se estima que hacia 2030 el número de personas de 60 años o más crecerá de 900 millones a 1.400 millones (CEPAL).

En Argentina, la población experimenta hoy un proceso de envejecimiento demográfico: en términos relativos aumentan más las personas en edad avanzada que las menores. Siguiendo los datos de la Encuesta Permanente de Hogares (INDEC) hay 7.279.394 de personas con más de 60 años. Respecto a la relación de género, las mujeres tienen una esperanza de vida más elevada que los varones –78 y 72 años, respectivamente– y son quienes predominan en número dentro de la población más envejecida. En efecto, en la población de 65 años y más, hay 145 mujeres cada 100 varones.

 

Situación habitacional

En nuestro país, alrededor del 18,4% de las personas mayores no tienen la posibilidad de acceder a una vivienda propia y deben invertir la mayoría de sus ingresos en sostener un alquiler, disponiendo de escasos recursos económicos para el resto de las necesidades básicas. Por su parte, un número considerable habita en barrios populares y lugares periféricos de la ciudad.

Si consideramos la dimensión psicosocial de la vejez, la soledad y el aislamiento es una problemática muy frecuente. Según datos oficiales se observa que hay alrededor de 800.000 personas mayores que viven solas. Este fenómeno trae aparejado consecuencias negativas sobre el bienestar subjetivo y la salud, ya que el aislamiento social, agravado en el contexto actual de pandemia, tiene como resultado un aumento considerable del riesgo de fallecimiento. En muchas ocasiones se recurre innecesariamente a una Residencia de Larga Estadía (RLE) para pacientes autoválidos, que no requieren ese nivel de servicios específicos y a los cuales se los aísla de la vida comunitaria de cercanía por no contar con otras opciones de alojamiento disponibles.

 

Antecedentes nacionales

El 28 de agosto de 1948 se establecieron los Derechos de la Ancianidad, luego incorporados en el artículo 37 de la Constitución Nacional Argentina en el año 1949, siendo pionera en términos de avances en derechos sociales de las personas mayores en el mundo. Estos principios fueron retomados meses después por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el Tercer Período de Sesiones de 1948, donde textualmente “recomienda al Consejo Económico Social de esa Asamblea que, sobre la base de esta declaración de derechos, realice los estudios relativos a la aplicación universal de los mismos con el propósito de proteger más ampliamente la defensa social y económica de los hombres y mujeres que han llegado a la ancianidad”.

En las líneas directrices originales de los Derechos de la Ancianidad, promovidos principalmente por la Fundación Eva Perón, se proclaman:

  • derecho a la vivienda: el derecho a un albergue higiénico con un mínimo de comodidades hogareñas es inherente a la condición humana;
  • derecho al cuidado de la salud física: el cuidado de la salud física de los ancianos y las ancianas ha de ser preocupación especialísima y permanente;
  • derecho al esparcimiento: se reconoce el derecho de gozar en la ancianidad de entretenimientos para que se puedan sobrellevar con satisfacción las horas;
  • derecho a la tranquilidad: derecho a gozar de tranquilidad, libre de angustias y preocupaciones;
  • derecho al respeto: la ancianidad tiene derecho al respeto y consideración.

Estos derechos fueron derogados en su conjunto por el gobierno de facto de 1955 de manera inconstitucional. Con la Reforma de 1994 se reintrodujo la temática en el artículo 75 inciso 23. Toda política pública que procure la protección de las personas mayores en el marco de una concepción humanista y de su reconocimiento como agentes morales autónomos encontrará un referente fundamental en este aporte –pionero en el mundo– de la Argentina con la justicia social.

 

Referencias internacionales

En el plano internacional, tanto la Primera Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento (1982) como los Principios de las Naciones Unidas en favor de las Personas de Mayor Edad (1991) establecieron un marco de acciones específicas en temas tales como: salud, vivienda y ambiente, bienestar integral, participación social y realización personal. La Segunda Asamblea Mundial sobre Envejecimiento (2002) elaboró un plan de acción internacional, abogando por un cambio de políticas y prácticas para aprovechar el potencial de las personas mayores en el siglo XXI. Por su parte, la ley 27.360 aprobó la Convención Interamericana de Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores. Allí se establece que “la persona mayor tiene derecho a una vivienda digna y adecuada, y a vivir en entornos seguros, saludables, accesibles y adaptables a sus preferencias y necesidades”. Por estos motivos, se entiende que el espacio donde se habita resulta de carácter fundamental para la salud integral y el desarrollo humano.

En tanto alternativa a los modos de convivencia, se destacan las experiencias colaborativas de países como Dinamarca, Holanda y España con el denominado senior co-housing o la experiencia de la FUCVAM en Uruguay. Este es un modelo alternativo a los formatos de convivencia habituales, aplicado tanto a establecimientos residenciales gerontológicos como a la vivienda tradicional, basado en un modelo cooperativo con régimen propietario de “cesión de uso” o comodato. Combina la intimidad e independencia del espacio privado doméstico y la vida social activa, desarrollada en espacios comunes acondicionados. Estos elementos son complementados con una estructura de servicios sociales y múltiples alternativas de educación, salud, deporte y recreación. Este concepto da respuesta a la población de personas mayores que no perdió autonomía y puede realizar actividades de la vida cotidiana con naturalidad, y no precisa una RLE. Promueve valores como autogestión, horizontalidad, participación social, diseño colaborativo de espacios comunes y actividades, entre otros elementos característicos.

 

Lineamientos para una política de hábitat integral

Con motivo de un nuevo aniversario de los Derechos de la Ancianidad, resulta evidente que las personas mayores de nuestro país que no pueden acceder a una solución habitacional definitiva deben ser sujetos destinatarios de políticas de hábitat específicas. Por un lado, así como los planes estatales de vivienda tradicionales no contemplan las adaptaciones técnicas requeridas para su grupo etario, por el otro, los requisitos de los créditos hipotecarios del sector privado se otorgan exclusivamente a personas de entre 18 y 60 años.

Comparadas con otros grupos de edad, la vulnerabilidad y la pobreza de personas mayores –y sus factores asociados– están subinvestigados. Esto obedece a la invisibilización de la contribución en sus familias y en las comunidades en las que viven, cuando en realidad su aporte en la producción y reproducción de los hogares es notable, en términos sociales y monetarios. Según informes de la CEPAL, en países como el nuestro se revela una relación en forma de “U” entre la pobreza monetaria y la edad, con alta incidencia en las edades extremas del ciclo de vida: las infancias y las ancianidades.

Más allá de las cifras, lo relevante para la región es el escenario en el que ocurre el envejecimiento poblacional, caracterizado por el contexto de pandemia, de desigualdad en aumento y agotamiento de un modelo de crecimiento económico insostenible. Resulta evidente que la tendencia actual al envejecimiento poblacional impone una serie de desafíos en términos de seguridad social, oferta de servicios públicos y funciones sociales de las familias.

La gerontología contemporánea busca impactar en el envejecimiento activo de la persona mayor desde una mirada interdisciplinaria –biología, psicología, sociología, etcétera. Esto implica que continúe siendo miembro partícipe de la sociedad y pueda realizar aportaciones que contribuyan al sostenimiento y a la mejora de los contextos familiares y comunitarios. En este sentido, los programas deben buscar concebirse como un eslabón del sistema de cuidados integrales que promuevan valores como la autonomía, la ayuda mutua, la solidaridad, la participación y el bienestar social.

En virtud del reciente anuncio del programa Casa Propia-Casa Activa, elaborado en conjunto por los equipos técnicos del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y PAMI, resulta necesario reflexionar sobre las formas de habitar tendientes a un modelo de espíritu colaborativo, apuntando a reforzar el sentido de pertenencia a la comunidad. El proyecto combina soluciones habitacionales, elementos complementados con una estructura de servicios de salud primaria y terapéutica –Centro de Día– y múltiples alternativas de educación, deporte y recreación.

La vivienda actualmente es considerada como parte de un sistema complejo que interactúa de manera integral con la infraestructura urbana, las redes de transporte, las lógicas socio-productivas, el entorno ambiental y las identidades de las comunidades. Es necesario concebir que las viviendas proyectadas cuenten con un diseño vecinal integrado, donde la disposición física y la orientación de los edificios estimulen un sentido de comunidad. Entendemos que una política de este tipo es garantía de un derecho, por lo cual se promueve la incorporación de futuros destinatarios y destinatarias de políticas habitacionales por medio de instancias de participación al desarrollo del programa de los equipamientos de acuerdo a sus necesidades específicas.

En suma, resulta necesario contar con políticas y marcos normativos en todos los niveles de gobierno que estén integrados a la planificación urbana y que incrementen la capacidad de los gobiernos para implementar políticas locales de envejecimiento activo a escala federal. Para ello promovemos la proyección de políticas públicas integrales, de modo tal que las personas mayores de la Argentina continúen siendo miembros activos de la sociedad.

La especial protección que requiere el grupo de las personas envejecientes ha de cumplirse con la premisa que emplace a la persona mayor en tanto valiosa para la comunidad e investida de una dignidad intrínseca en todos los rincones de nuestro país.

 

Agustín Jofré es sociólogo (UBA), diplomado en Ciencias Sociales y Filosofía (La Sorbonne-Paris IV), magister en Hábitat y Pobreza Urbana en América Latina (FADU), doctorando en Urbanismo (FADU), investigador del Instituto de la Espacialidad Humana (UBA) y docente del Instituto Nacional de Capacitación Política (INCAP) del Ministerio del Interior. Actualmente es asesor en políticas públicas de hábitat y desarrollo territorial.

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