Peronismo y feminismo

Hablar de peronismo y feminismo es una tarea interesante y compleja. Al mirar los orígenes del movimiento peronista, es claro que el rol de Evita ha sido absolutamente revolucionario y disruptivo, tanto en la inclusión de las mujeres en la política, comenzando por ella misma, así como también en la defensa de los derechos igualitarios que marcan un antes y un después en la vida de nuestro país. Pero pensar su figura como líder feminista es desde luego forzar la historia, del mismo modo que no es posible decir que nuestros dirigentes tuvieron siempre una mirada de género. Sin embargo, en tanto el peronismo es un movimiento que se caracteriza por la ampliación de derechos, claramente y a lo largo de la historia ha devenido en el principal actor político de Argentina en dar respuesta a las luchas feministas y en volver masivas y populares sus banderas.

El tiempo de este encuentro es el siglo que habitamos: hoy en Argentina y en muchos países del mundo, las mujeres salimos a las calles a manifestar en contra del machismo, rompimos el silencio de la violencia de género e hicimos de los espacios de difusión, como las redes sociales o los medios de comunicación, un lugar de debate sobre nuestros derechos. Hoy es imposible concebir una sociedad igualitaria sin combatir al sistema patriarcal y sus mandatos anquilosados.

Lo señaló Cristina, cuando dijo que debemos incorporar la matriz feminista a la identidad peronista y que este es el enorme desafío de nuestro tiempo: repensar este espacio como aquel que amplifique las voces históricamente acalladas, oprimidas, violentadas y que, desde allí, genere políticas públicas con perspectiva de género.

Ahora bien, siguiendo el ejemplo del general Juan Domingo Perón cuando decía que “la única verdad es la realidad”, creo que es interesante formular una breve síntesis que deja en claro que fueron gobiernos peronistas los que mayor aporte efectivo hicieron a la igualdad de género en la historia argentina.

A modo de repaso por algunos hitos, si se habla de feminismo activo en el Estado, éste implica la incorporación y la presencia de mujeres en los lugares de toma de decisiones. Fue durante el primer gobierno del general Perón cuando accedimos al sufragio, tras la promulgación de la Ley de Derechos Políticos de la Mujer en 1947. Cuatro años después, en 1952, accedieron al Congreso las primeras legisladoras: se consagró el derecho a elegir y ser elegidas.

Fue durante la segunda presidencia de Perón cuando se modificó el artículo 31 de la entonces vigente ley 14.394 y se legalizó el divorcio vincular, con una fuerte oposición de la Iglesia Católica. Este artículo en particular establecía la disolución del matrimonio y otorgaba a los excónyuges la posibilidad de volver a casarse. Luego, la dictadura militar de 1955 suspendió las modificaciones y el divorcio recién se transformaría en ley a fines de la década del 80, durante el gobierno de Raúl Alfonsín.

Con la Constitución de 1949 se legalizó la patria potestad compartida –es decir, rompió con el modelo de gobiernos anteriores e igualó a ambos progenitores en la toma de decisiones sobre el cuidado de hijos e hijas– y también incorporó la noción de la propiedad como bien de familia. Puntualmente, el caso de la patria potestad compartida fue un derecho que siguió el mismo derrotero que el divorcio, abolido luego por proclama militar en 1956 y recién reestablecido en 1985 mediante la Ley 23.264.

Por otra parte, una realidad de aquella época que hoy debemos tener presente para poder hacer un análisis más justo de la historia es que hasta la década del 50 se consideraba a las hijas y los hijos como “legítimos” –nacidos dentro del matrimonio–, “naturales” –nacidos de un hombre y una mujer que, pudiéndose casar, no lo hacían– o “adulterinos y sacrílegos” –aquellos que provenían de la unión de personas que no podían casarse: hombres casados o sacerdotes. En este tercer caso, no tenían ningún derecho y ni siquiera podían reclamar su filiación, aunque tuviesen testigos y supieran quién era su padre. No recibían alimentos, ni ningún tipo de protección. Eran “parias”, estigmatizados de por vida, dado que esta condición de ilegitimidad quedaba registrada en su partida de nacimiento. Bajo el slogan “los únicos privilegiados son los niños”, el gobierno de Perón buscó establecer claramente, y con fuerza de ley, las obligaciones y responsabilidades de los padres para con sus hijas e hijos, ya no legítimos e ilegítimos, sino denominados “matrimoniales y extra-matrimoniales”. Vale precisar que, hasta ese momento, la deshonra de la hija o del hijo adulterino provenía de la deshonra de la mujer, que era su madre. De hecho, en aquel entonces, la violación era un delito contra la honra, no contra la integridad sexual.

Ya en el siglo XXI, fue 2003 el año del comienzo del proyecto político que inició Néstor Kirchner y continuó Cristina Fernández, el momento que significó un quiebre en los alcances y los significados de la igualdad real y la justicia social. Fueron estos dos gobiernos aquellos en los que más leyes igualitarias se sancionaron desde la restauración democrática de 1983. Este período comenzó con la reglamentación de la ley que creó el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (ley 25.673) que garantiza el acceso a la salud sexual y reproductiva a las mujeres de nuestro país. Durante esa década se sancionaron también –entre otras– la Ley de Educación Sexual Integral (26.150), la Ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres (26.485), la Ley de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas (26.364), la Ley de Reproducción médicamente asistida (26.862), la Ley de Matrimonio igualitario (26.618) y la Ley de Identidad de género (26.743). También se votó la ley que reconoció el trabajo de las empleadas domésticas –régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares– y de este modo se dotó de derechos laborales –como salario mínimo, obra social, aguinaldo y vacaciones– a un amplio sector de trabajadoras que se encontraban en un estado de precariedad absoluta.

Otro gran avance ocurrió en el año 2014, cuando se modificó el Código Civil. Durante más de un siglo, el Código Civil de Vélez Sarsfield reguló los vínculos sociales de los argentinos y las argentinas, basado en un esquema de sociedad patriarcal que entendía que el hombre ocupaba siempre y de modo exclusivo el rol del proveedor, y la mujer el de cuidadora. Entre varias cuestiones, el nuevo Código establece la compensación económica a la persona que en el contexto de un acuerdo de pareja decide dedicarse a la crianza de los hijos y las hijas y pospone el desarrollo profesional –con la subsiguiente pérdida de ingresos. A su vez, considera a las tareas de cuidado de los hijos y las hijas como tareas de ambos progenitores y abandona el concepto de “tenencia” para asumir el de “cuidados compartidos e indistintos”.

También existió otra modificación legal que puede leerse como cambio de paradigma: en el año 2012 se sancionó la figura de femicidio que modificó el Código Penal. Hasta ese momento, este tipo de asesinatos eran considerados como homicidio simple o preterintencional –sin intención de matar. Con la nueva ley se los definió como homicidio agravado y su pena alcanza la prisión perpetua. “Él la mató por amor”, se solía explicar, y se amparaba al asesino en el argumento de que “la amaba tanto” que, en un desborde de pasión, no se pudo controlar. Ahora en cambio, hablamos de femicidio y de violencia de género, y el simple hecho de haber instalado estos términos en la sociedad es de por sí un avance. No es amor, es violencia. Y no es “emoción violenta”, es homicidio agravado.

Entrando en el presente, el gobierno de Alberto Fernández creó el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, y dotó de fuerza ministerial al trabajo por los derechos de mujeres y diversidades, frente a toda forma de desigualdad y violencia. En todos los casos, las leyes y los programas de ampliación de derechos no sólo cumplen el objetivo de dar respuestas a las demandas, sino que se basan en cambios sociales y culturales, a los que les dan aún mayor fortaleza al dotarlos de legalidad.

Es por esto que, en vista de toda la transformación realizada mediante las leyes presentadas y promulgadas, los programas diseñados y las políticas públicas establecidas, podemos afirmar que el movimiento peronista ha otorgado derechos que han modificado la vida de millones de mujeres.

Votar y poder ser elegidas para ocupar un cargo legislativo; tener un rol igualitario con el hombre en el seno de la familia; no ser estigmatizadas por no estar casadas y tener un hijo o hija; fueron logros fundamentales para los derechos de las mujeres cuando promediaba el siglo XX. Así como la sucesión de normas del período 2003-2015 que enumeré y que constituyen una nueva regulación de las relaciones sociales. Fueron cambios en las pautas culturales y una modificación profunda de las subjetividades.

En conclusión, ha sido un largo camino, y en él continuamos andando, con la convicción de que nuestro movimiento peronista es profundamente nacional, popular, democrático, y que también será feminista.

 

Mara Brawer es diputada nacional.

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